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Los trámites legales son la gestión que se realiza para obtener un resultado, para conseguir abrir una empresa o negocio. Normalmente los trámites se realizan en las administraciones públicas, la persona que quiere crear su empresa debe realizar los trámites en forma permanente.
TRÁMITE
. . . LUGAR EN EL QUE SE SOLICITA. . .
. . .DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD. . .
. . .COSTE. . .

Certificado de denominación social

REGISTRO MERCANTIL CENTRAL
C/Príncipe de Vergara, 94 Madrid
En dicha solicitud deben consignarse los siguientes datos:
1.- INTERESADO o beneficiario de la certificación:
La solicitud de certificación deberá incluir el nombre de uno de los fund

adores o promotores en cualquier otro caso. En caso de modificación de la denominación, el interesado o beneficiario es la propia sociedad o entidad.
2.- DENOMINACIÓN SOCIAL:
En cada solicitud de Certificación negativa se consignarán hasta un máximo de cinco denominaciones por orden de preferencia.
3.- FORMA SOCIAL :
En la denominación social deberá figurar la indicación de la forma social o su abreviatura.
Importe de la certificación: 13,52 € + IVA.=17,11

Apertura de cuenta bancaria

Entidad bancaria:
Banco Bankia
C/ Las Pozas nº9 San Lorenzo de El Escorial (Madrid)
Hemos elegido Bankia por la facilidad que ofrecen a los emprendedores concediendo créditos, informando y ayudando a la creación de nuevas empresas.
Bankia cuenta con organizaciones públicas y privadas como ICO y el banco Europeo de Inversión.
La cuenta bancaria que abriríamos contaría con un capital social inicial de 3.000€.
El coste de la apertura es de 0€.
Facilita el mantenimiento de cuenta a 0€, ingresos de cheques a 0€ y emisión de transferencias a 0€, además de muchas mas ventajas.

Elaboración de los estatutos y escritura de constitución

Notaria Pedro Muñoz Garcia-borbolla
Avenida polideportivo,12,12-14BAJO
28230 LAS ROZAS MADRID
Los estatutos son un conjunto de leyes por los que se rige una empresa, para hacer este trámite debemos entregar:
-El certificado negativo del nombre.
-El certificado bancario.
-Los estatutos sociales.
-El D.N.I de todos los miembros de la empresa.
300€

Liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales

Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente-Carrera de San Jerónimo, 13, Madrid
El Impuesto de transmisiones patrimoniales es un impuesto que grava la constitución, aumento de capital, fusión, transformacion o disolución de una sociedad. Hay que pagar el 1% del capital inicial para poner los estatutos.
Para pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales se facilita unos formularios que, una vez rellenados, tendrán que presentarse en el Servicio territorial de Hacienda. El impuesto debe ser pagado en los 30 días siguientes a la transmisión.
(1% del capital inicial) 200€

Inscripción en el Registro Mercantil

Registro Mercantil Central
(C/ Príncipe de Vergara 94) Madrid 28006 Teléfono: 915631252
Es aquel en el que se inscriben los hechos y actos relativos a los empresarios individuales y a las sociedades mercantiles, con el fin de dar publicidad a los mismos de forma que puedan ser conocidos por las personas que contraten con ellos. La inscripción en el Registro Mercantil ha de practicarse en virtud de documento público, notarial, judicial o administrativo según los casos. Además debe de solicitarse dentro del mes siguiente al otorgamiento de los documentos necesarios para la práctica de la misma.
Para ello es necesario presentar:
-CIF provisional
-Primera copia de la escritura de constitución.
-Liquidación del impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
-Cooperativas: Con tres copias simples y una copia autorizada. Acta de la asamblea constituyente, copia autorizada simple de la escritura y declaración de la actividad a desarrollar.
-S.A.L y S.L.L.: Acreditación se inscripción en el Registro Administrativo de S.A.L. y S.L.L., así como certificación acreditativa de la calificación.
190 €

(229,90 € IVA incluido)

Solicitud del código de Identificación Fiscal

Administraciones de la Agencia Tributaria Estatal.
Una vez que la sociedad ha quedado legalmente constituida, deberá procederse en el plazo de treinta días a la solicitud del Código de Identificación Fiscal, a través del cual y a efectos fiscales, la sociedad quedará plenamente identificada, con independencia de las modificaciones que experimente, salvo en el caso de cambio de forma jurídica. La solicitud se presentara mediante la presentación de los siguientes documentos:
- Impreso oficial cumplimentado (Mod. 036). Dicho modelo deberá estar firmado obligatoriamente por todos los socios de la sociedad, además de por el administrador o apoderado de la misma.
- Fotocopia de la Escritura de constitución de la sociedad.
- Fotocopia del D.N.I, N.I.E o C.I.F. de los socios, así como el D.N.I del administrador o apoderado (adjuntando copia del poder notarial), si fuera persona distinta.
- Si la documentación aportada es correcta, se le asignará provisionalmente a la empresa el Código de Identificación.
Precio impreso (1,5€) es posible obtener el impreso de forma gratuita a través de la web de la Agencia Tributaria

Alta en el impuesto de Actividades Económicas

Agencia estatal de administración tributaria
Calle de Puentelarra, 8
Madrid
913 01 38 00
El impuesto de Actividades Economicas o IAE es un tributo de caracter local que grava el ejercicio de actividades empresariales.Es obligatorio para toda sociedad, empresario o profesional.
240,6€

Declaración Censal

Agencia estatal de administración tributaria
Calle de Puentelarra, 8
Madrid
913 01 38 00
Es el instrumento mediante el cual la Administración Tributaria obtiene el censo correcto de empresarios,profesionales y otras entidades que deben ingresar y retener a cuenta el dinero que obtengan. Para este trámite hay que entregar:
-Modelo oficial036
-Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
-Código de identificación fiscal.
Gratuito.

Alta en el Régimen de Autónomos de socios y/o trabajadores

Tesoreria de la Seguridad Social C/ Juan Bravo, 49
28006 MADRID(MADRID )
Teléfono(s): 91 3090018
Nº de Fax: 91 3092136
Para darse de alta en el Régimen de autónomos de socios y/o trabajadores se debe presentar el documento de afiliación, parte de alta de asistencia sanitarias, fotocopia de alta de Impuesto de Actividades Economica, parte del alta de cotización y fotocopia del contrato y el CIF.
Este impuesto varía según la edad,

Comunicación de apertura del centro de trabajo

En las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid.
Esta comunicación debe ser presentada en los 30 días siguientes a la apertura de la empresa, cualquiera que sea su actividad y con independencia de que tenga o no trabajadores a su servicio.
Deben realizarla tanto las empresas de nueva creación como las ya existentes en los siguientes supuestos: apertura de un nuevo centro de trabajo, cambio de actividad, traslado y reanudación de la actividad.
Gratuito.

Solicitud del libro de visitas

Inscripción Provincial de Trabajo y Seguridad Social (Madrid).
Las empresas deben tener en cada centro de trabajo un libro de visitas, a pesar de que no tengan trabajadores, y a disposición de los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de los funcionarios técnicos habilitados para las actuaciones comprobatorias en materia de prevención de riesgos laborales, los libros obligatorios son:
- Libros exigidos por el impuesto sobre el valor añadido.
- Libros obligatorios para sociedades.
- Libro de inventarios y cuentas anuales.
-Libro diario.
- Referencias sobre los libros contables.
- Libros especiales.
- Libro de socios.
- Libros exigidos por el impuesto de sociedades.
Gratuito.

Otros (solicitud de licencia de obras, licencia de apertura

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO
Paseo de la Castellana, 160, 28046 Madrid
913 49 40 00

El Gobierno aprobó en 2012 el Real Decreto Ley 19/2012 por el que liberalizó la apertura de comercios. Esto supone que los negocios con unas instalaciones inferiores a 300 m² no necesitan de licencias municipales para su apertura, tan sólo una declaración responsable de cumplimiento de la normativa vigente, para abrir sus puertas al público.


COSTES TOTALES*:
987,61